Somos una asesoría encargada, entre otras cosas de la tramitación de herencias en Elda, pero integrada por abogados multidisciplinares que podrán tratar cualquier tema que les plantees. Hoy nos gustaría tratar un tema que suele ser recurrente en nuestro despacho: qué sucede cuando alguien fallece y no ha dejado hecho testamento.
Cuando llega al momento de repartir una herencia, a pesar de que no haya testamento, los herederos serán aquellos que la ley establece. No sólo establece quiénes son los herederos, sino el orden por el que deben suceder al fallecido sus familiares y en su defecto el Estado. El orden es el siguiente:
Los primeros son los descendientes, los hijos y sus descendientes que suceden a los padres y demás descendientes sin discriminación por razón de sexo, edad o filiación, es decir, no se distingue por ejemplo entre hijos naturales y adoptados, o matrimoniales y no matrimoniales. En segundo lugar están los ascendientes, que heredan en defecto de los hijos y descendientes del difunto. En estos casos tanto el padre como la madre heredan por partes iguales y si sólo vive uno de ellos, heredará la totalidad.
El tercero en orden en la herencia es el cónyuge, que hereda a falta de descendientes y ascendientes. Después están los colaterales, es decir hermanos y sobrinos. Si solo hay hermanos heredarán a partes iguales.
Por último estaría los demás parientes hasta el cuarto grado, es decir los primos. Más allá no es posible heredar si no hay testamento. En caso de que no existan todos los anteriores, heredaría el Estado.
En Top Asesoría Integral contamos con un equipo de profesionales con experiencia que tratarán este tema con la máxima confidencialidad. la tramitación de herencias en Elda nuca había sido tan fácil gracias a nuestros profesionales.